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Buenas prácticas empresariales contra el abuso sexual

La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres prohíbe expresamente el acoso sexual y el acoso por razón de sexo, al tiempo que define estas conductas (artículos 7, 8, 48 y 62). En concreto, el art. 48 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOIEMH), establece que todas las empresas deberán promover condiciones de trabajo que eviten el acoso sexual o el acoso por razón de sexo, y arbitrar procedimientos específicos para su prevención y para dar cauce a las denuncias o reclamaciones que puedan formular quienes hayan sido objeto del mismo.

Si bien es cierto que en las últimas décadas las mujeres se han incorporado al mundo laboral, logrando tasas de actividad y ocupación sin precedentes, no lo es menos que este incremento de la ocupación femenina no ha estado acompañado de una equiparación e igualdad efectiva en el trabajo. De hecho, a pesar de los evidentes y constatables progresos que han tenido lugar en materia de igualdad entre ambos sexos, se siguen produciendo situaciones de desventaja de las mujeres que pueden desembocar en acoso sexual o acoso por razón de sexo en el trabajo. En ocasiones, la violencia que las mujeres sufren en el ámbito privado se puede extender también al ámbito público, y más concretamente al ámbito laboral, provocando situaciones de clara desventaja para ellas, que no siempre son entendidas por los compañeros y/o los jefes.

Es cierto que cada vez es mayor la conciencia y la sensibilización de trabajadores, trabajadoras, empresas, instituciones, agentes sociales y ciudadanía en su conjunto, respecto a la necesidad de prevenir y erradicar este tipo de conductas en el trabajo. Por este motivo, la Asociación de Empresas EDUCA se ha propuesto desarrollar una actuación que persigue lograr unas condiciones laborales que respeten y garanticen la dignidad de las mujeres.

Bajo la perspectiva de que solo a través de una implicación conjunta de todas las partes se puede alcanzar un entorno libre de cualquier actuación o comportamiento, que directa o indirectamente suponga una discriminación en el entorno laboral, la Asociación de Empresas EDUCA pondrá en marcha un servicio de asesoramiento y apoyo para facilitar a las empresas la obligación de implantación de medidas en esta materia.

Objetivo general

Asesorar, formar y sensibilizar a profesionales, empresarios y trabajadores/as sobre la necesidad de prevenir y erradicar conductas que fomenten el acoso sexual o el acoso por razón de sexo en el ámbito laboral, con el fin de lograr una condiciones laborales que respeten y garanticen la dignidad de las personas, en general y de las mujeres en particular.

Objetivos específicos

  • Sensibilizar a empresarios, profesionales, directivos y trabajadores/as sobre la necesidad de adoptar estrategias que promuevan el rechazo a la violencia de género.
  • Fomentar la movilización de los hombres a favor de actuaciones que permitan erradicar el acaso sexual o acoso por razón de sexo.
  • Establecer un protocolo adhoc para empresas de diferentes tamaño, número de trabajadores/as y sectores productivos, de forma que dispongan de una herramienta para adoptar medidas preventivas.
  • Crear un servicio de asesoramiento a trabajadoras que se encuentren con problemas de acoso sexual o acoso por razón de sexo en su ámbito de trabajo.
  • Concienciar a los empresarios de Valladolid y a la ciudadanía en general sobre la necesidad de que las empresas adopten políticas de prevención de situaciones de acoso sexual o acoso por razón de sexo.

Actividades

El objetivo es elaborar un Código de Buenas Prácticas contra el acoso sexual que pueda ser exportado a otras empresas y que sea realizado por los empresarios/as, directivos/as y trabajadores/as de empresas de Valladolid.

Se seleccionará a aquellas empresas más representativas por razón de actividad empresarial, tamaño y/o forma jurídica, buscando la mayor representatividad posible, de entre las que estén interesadas en participar en esta iniciativa.

Fase de información

En esta primera fase se desarrollarán acciones informativas a empresarios/as, directivos/as, mandos intermedios, administradores de sociedades, mediante la realización de una campaña de comunicación que incluirá Redes Sociales, emailmarketing y notas de prensa en medios tradicionales.

Fase de formación

Se proporcionará material formativo a los participantes en el programa. Se mantendrán sesiones de formación con trabajadores y directivos.

Hackaton

Mediante el formato de hackaton se llevarán a cabo diferentes encuentros entre empresarios/as, directivos/as y trabajadores/as, en grupos reducidos (de 8 personas máximo), liderados por representantes de asociaciones de mujeres, mujeres empresarias, mujeres de asociaciones empresariales o entidades representativas.

El hackaton es un sistema de trabajo que permite a grupos reducidos conectarse, trabajar juntos, colaborar entre ellos y otros equipos, presentar resultados y resolver problemas.

El problema a resolver es la elaboración de un Código de Buenas Prácticas contra el acoso sexual, por lo que cada grupo trabajará en este sentido, intentado acordar un Decálogo que sea posible aplicar en las diferentes empresas y espacios de trabajo.

El hackaton se realizará en dos jornadas.

  • En la primera, se formarán los grupos que consensuarán sus ideas, teniendo en cuenta que las buenas prácticas tienen que enunciarse siguiendo el método de fijación de objetivos SMART (Specific, Measurable, Attainable, Relevant, Timely).
  • En la segunda, las líderes de cada grupo se reunirán para poner en común sus ideas y consensuar un Código de Buenas Prácticas, válido para todo tipo de empresas.

En la última jornada se llevará a cabo una presentación de los resultados finales, que se realizará de forma pública y abierta a todos los interesados/as.

La Asociación de Empresas EDUCA publicitará las conclusiones obtenidas y, en concreto el Código de Buenas Prácticas, asumiéndolo y recomendándolo a sus empresas asociadas.